En la redacción de un Contrato de Locación, debe estar bien determinado el uso del bien, si es para vivienda familiar, profesional o destino comercial, en el caso de que sea para comercio debe detallarse la actividad, pues el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo requiere para las habilitaciones, tambien se debe tener en cuenta el Codigo de Planeamiento Urbano en el caso de Comercios, pues hay zonas en las que estan prohibidas algunas actividades comerciales.- Es fundamental detallar perfectamente el canon locativo como así mismo cuales son las obligaciones de pago del locatario, (impuesto, servicios, expensas).- El importe del deposito en garantía, que no puede exceder de un mes por año de contrato, y en que plazo se reintegrara al locatario una vez finalizado el contrato y restituido el inmueble a la locadora.-
Plazo de la locación: En el contrato de locación debe figurar el comienzo y el fin del contrato, la fecha en que finaliza el contrato de locación es improrrogable, solo si las partes firmaran otro contrato o un convenio de desocupación, el inquilino debe entregar en la fecha estipulada, libre de ocupantes y efectos.- Articulo 1198 del Nuevo Código Civil y Comercial El plazo mínimo de la locación de inmueble.- El contrato de locación si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considera celebrado por el plazo mínimo legal de dos años.-
El estado en que se entrega el inmueble y cuales son las obligaciones del locatario a la entrega, ( es importante que el propietario entregue la unidad en perfecto estado, para poder reclamar al final del contrato que así sea devuelta).- Rescisión anticipada: el locatario podrá rescindir el contrato de locación, pasado los seis (6) meses de firmado el contrato con las sanciones económicas que marca la Ley ( indemnizar al propietario con un mes y medio de locación si rescinde dentro del primer año y de un mes si lo hiciera dentro del segundo año).- Garante: normalmente se solicita un garante propietario, el cual deberá presentar el titulo de propiedad, y el agente inmobiliario solicitara al Registro de la Propiedad Inmueble Certificado de Dominio e Inhibición y de no ser un familiar directo del inquilino el Certificad Nro 5 de frecuencia.- Es muy importante para el locador (propietario) que el garante sea solvente pues es a quier recurrirá ante la falta de pago del locatario (inquilino).- Las obligaciones del garante terminan al finalizar el contrato de locación y restituido el inmueble al locador.- Clausula Punitoria: En la misma se estipulan cuales son los intereses punitorios por el atraso en el pago de la locación y/o en la entrega de la unidad.-
Constitucion de domicilio: Todas las partes deben constituir domicilio legal donde serán validas todas las intimaciones y notificaciones derivadas del contrato de locación sean estas judiciales y/o extrajudiciales, aunque se hubieren mudado, si no informaron fehacientemente a la otra parte.-
Es muy importante Certificar las firmas ante escribano publico, tanto del inquilino como de los garantes, para el caso de destino comercial o profesional también hay que certificar firmas del propietario pues así lo requiere el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para habilitar.-
En el caso de tratarse de departamentos en edificios es importante que el inquilino tome conocimiento del Reglamento de Copropiedad y Administración y del Reglamento Interno del edificio, para no tener problemas con mascotas, horarios de mudanzas, horarios de ruidos molestos, y destinos de la unidad.-
Cualquier consulta puede efectuarla por mail.-
Por Ángela Mazzucchelli
Mat. CUCICBA 5018
@angelajosefina1
ajmpropiedades@gmail.com
154.187.1471
En la redacción de un Contrato de Locación, debe estar bien determinado el uso del bien, si es para vivienda familiar, profesional o destino comercial, en el caso de que sea para comercio debe detallarse la actividad, pues el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo requiere para las habilitaciones, tambien se debe tener en cuenta el Codigo de Planeamiento Urbano en el caso de Comercios, pues hay zonas en las que estan prohibidas algunas actividades comerciales.- Es fundamental detallar perfectamente el canon locativo como así mismo cuales son las obligaciones de pago del locatario, (impuesto, servicios, expensas).- El importe del deposito en garantía, que no puede exceder de un mes por año de contrato, y en que plazo se reintegrara al locatario una vez finalizado el contrato y restituido el inmueble a la locadora.-
Plazo de la locación: En el contrato de locación debe figurar el comienzo y el fin del contrato, la fecha en que finaliza el contrato de locación es improrrogable, solo si las partes firmaran otro contrato o un convenio de desocupación, el inquilino debe entregar en la fecha estipulada, libre de ocupantes y efectos.- Articulo 1198 del Nuevo Código Civil y Comercial El plazo mínimo de la locación de inmueble.- El contrato de locación si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considera celebrado por el plazo mínimo legal de dos años.-
El estado en que se entrega el inmueble y cuales son las obligaciones del locatario a la entrega, ( es importante que el propietario entregue la unidad en perfecto estado, para poder reclamar al final del contrato que así sea devuelta).- Rescisión anticipada: el locatario podrá rescindir el contrato de locación, pasado los seis (6) meses de firmado el contrato con las sanciones económicas que marca la Ley ( indemnizar al propietario con un mes y medio de locación si rescinde dentro del primer año y de un mes si lo hiciera dentro del segundo año).- Garante: normalmente se solicita un garante propietario, el cual deberá presentar el titulo de propiedad, y el agente inmobiliario solicitara al Registro de la Propiedad Inmueble Certificado de Dominio e Inhibición y de no ser un familiar directo del inquilino el Certificad Nro 5 de frecuencia.- Es muy importante para el locador (propietario) que el garante sea solvente pues es a quier recurrirá ante la falta de pago del locatario (inquilino).- Las obligaciones del garante terminan al finalizar el contrato de locación y restituido el inmueble al locador.- Clausula Punitoria: En la misma se estipulan cuales son los intereses punitorios por el atraso en el pago de la locación y/o en la entrega de la unidad.-
Constitucion de domicilio: Todas las partes deben constituir domicilio legal donde serán validas todas las intimaciones y notificaciones derivadas del contrato de locación sean estas judiciales y/o extrajudiciales, aunque se hubieren mudado, si no informaron fehacientemente a la otra parte.-
Es muy importante Certificar las firmas ante escribano publico, tanto del inquilino como de los garantes, para el caso de destino comercial o profesional también hay que certificar firmas del propietario pues así lo requiere el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para habilitar.-
En el caso de tratarse de departamentos en edificios es importante que el inquilino tome conocimiento del Reglamento de Copropiedad y Administración y del Reglamento Interno del edificio, para no tener problemas con mascotas, horarios de mudanzas, horarios de ruidos molestos, y destinos de la unidad.-
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